Usted es elegible para una exención de tarifa si UNO de los siguientes se aplica a usted:
- Usted (o su cónyuge o hijo menor de 21 años que vive con usted) recibe beneficios públicos (como cupones de alimentos/EBT, Medicaid, SSI (Ingreso de Seguridad Suplementario), Apple Health, TANF, vivienda de la Sección 8)
- Los ingresos de su hogar son inferiores al 150% del nivel federal de pobreza (unos 38,000 dólares para una familia de 4 personas). Acceso Este enlace para conocer las pautas de ingresos exactas.
Si recibe un beneficio público Y el ingreso de su hogar es inferior al 150% del nivel federal de pobreza, debe solicitar la exención de tarifa según la Opción 1, en función de su beneficio público porque generalmente es más fácil de probar.
Opción 1: Solicitar la exención de tarifa ($0) si recibe un beneficio público
- Completar el formulario Formulario I-912.
- Debe obtener una carta de concesión de la agencia que le otorga el beneficio (por ejemplo, Departamento de Salud y Servicios Sociales o DSHS). Puede solicitar esta carta en la oficina donde solicitó originalmente el beneficio, o cualquier oficina afiliada.
- La carta debe estar en inglés y debe tener su nombre, tipo de beneficio y monto indicados en la carta.
- La carta debe ser reciente (de los últimos 6 meses), tener el logotipo de la agencia y demostrar que actualmente está recibiendo el beneficio. Haga clic aquí para ver una carta de muestra.
- Adjunte una copia de la carta a su formulario completo. Formulario I-912Envíe el I-912 y la carta de beneficios con su Aplicación N-400 para la ciudadanía.
- Si se aprueba su exención de tarifa, recibirá una carta de confirmación de recibo de USCIS dentro de 1 a 2 meses.
- Si se le niega la exención de pago, recibirá una carta de rechazo del USCIS y se le devolverá su solicitud. Deberá corregir los errores en su formulario o volver a enviarlo pagando la tarifa de presentación de $760. Busque ayuda de una organización sin fines de lucro acreditada para corregir los errores en su formulario. Es común que las solicitudes de exención de pago se devuelvan por problemas que son bastante fáciles de solucionar.
Algunas cosas que pueden resultar confusas:
- Solo Medicaid (para personas de bajos ingresos) califica como un beneficio para la exención de tarifas. Medicare (para cualquier persona mayor de 65 años) NO califica, ya que es un beneficio de jubilación basado en sus años de trabajo en los EE. UU.
- Solo el SSI (Ingreso de Seguridad Suplementario para personas mayores, ciegas o discapacitadas) califica como beneficio para la exención de la tarifa. El ingreso del Seguro Social para personas jubiladas NO califica, ya que se basa en su historial laboral.
- El seguro de desempleo no es un beneficio público ya que se basa en su historial laboral.
Opción 2: Solicite una exención de tarifa ($0) si NO recibe ningún beneficio público, pero el ingreso de su hogar es inferior al 150 % del nivel federal de pobreza:
- Verifique que los ingresos de su hogar estén dentro de las directrices.
- Completar el formulario Formulario I-912.
- Debe demostrar sus ingresos del año pasado presentando la declaración de impuestos del año pasado. Si no la tiene, también puede presentar todos los talones de pago y/o una carta de su empleador actual que indique sus ingresos, o presentar su último formulario W-2 o 1099 del año pasado. El tamaño del hogar y el estado civil en su declaración de impuestos deben coincidir con lo que escriba en su declaración de impuestos. Formulario I-912.
- Adjunte copias de estos documentos a su formulario completo. Formulario I-912, y envíelo junto con su Aplicación N-400 para la ciudadanía.
- Si se aprueba su exención de tarifa, recibirá una carta de confirmación de recibo de USCIS dentro de 1 a 2 meses.
- Si se le niega la exención de pago, recibirá una carta de rechazo del USCIS y se le devolverá su solicitud. Deberá corregir los errores en su formulario o volver a enviarlo pagando una tarifa de presentación de $760.
NOTA: Las exenciones de pago basadas en los ingresos del hogar suelen ser denegadas porque los solicitantes no presentan suficientes pruebas de sus ingresos anuales. Si le devuelven su solicitud, una organización sin fines de lucro puede ayudarlo a completar el formulario I-912 correctamente. Sin embargo, dado que es más fácil calificar para la exención de pago del USCIS si recibe un beneficio público, también se recomienda solicitar beneficios públicos. Si se le aprueban los cupones de alimentos (también conocidos como SNAP o EBT), puede solicitar la exención de pago en función de eso. Para obtener más información sobre las exenciones de pago, consulte https://www.uscis.gov/forms/filing-fees/additional-information-on-filing-a-fee-waiver